Exp. 0012/2026 · Viajes y consumo

Modelo RS-12Retraso de vuelo de 2 horas

Retraso de vuelo de 2 horas: qué puedes reclamar

Con 2 horas de retraso no hay compensación económica: esta empieza a partir de 3 horas en la llegada al destino final. Pero desde 2 horas la aerolínea ya debe atenderte con comida y bebida en vuelos de hasta 1.500 km.

Compensación
Solo con 3 horas o más en la llegada
Asistencia desde
2 h (≤ 1.500 km) · 3 h (≤ 3.500 km) · 4 h (resto)
Retraso de 5 horas
Puedes renunciar al vuelo y pedir el reembolso
Ojo
Lo que cuenta es la hora de llegada

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Anexo I · Guía

¿Se puede reclamar por un retraso de 2 horas?

La compensación económica (250, 400 o 600 €) solo procede cuando llegas a tu destino final con 3 horas o más de retraso. Lo que cuenta es la hora de llegada (cuando se abren las puertas del avión), no la de salida: un vuelo que sale con 2 horas y media de retraso puede llegar con más de 3 si hay esperas en pista.

Lo que sí te deben desde las 2 horas: asistencia

El artículo 6 del Reglamento (CE) 261/2004 obliga a la aerolínea a darte comida y bebida suficientes según el tiempo de espera, y la posibilidad de hacer dos llamadas o enviar mensajes, cuando el retraso en la salida es de:

  • 2 horas o más en vuelos de hasta 1.500 km;
  • 3 horas o más en vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y en otros de entre 1.500 y 3.500 km;
  • 4 horas o más en el resto.

Si la salida se retrasa al día siguiente, también deben darte hotel y traslado. Si la aerolínea no te dio nada y tuviste que pagarlo tú, puedes reclamar esos gastos con los tiques.

Si el retraso llega a 5 horas

Puedes renunciar a volar y pedir la devolución del billete en siete días, más un vuelo de vuelta al punto de partida si ya estabas en un viaje con escalas.

Cuando 2 horas se convierten en más de 3

Si por el retraso perdiste un vuelo de conexión de la misma reserva y llegaste a tu destino final con 3 horas o más de retraso, sí tienes derecho a compensación.

Cuánto te corresponde

El Reglamento (CE) 261/2004 fija una compensación fija por pasajero según la distancia del vuelo:

DistanciaCompensación
Hasta 1.500 km250 €
Más de 1.500 km dentro de la UE, o entre 1.500 y 3.500 km400 €
Más de 3.500 km fuera de la UE600 €

Se aplica a vuelos que salen de un aeropuerto de la UE (cualquier aerolínea) y a vuelos que llegan a la UE operados por una aerolínea comunitaria. Si la aerolínea te ofreció un vuelo alternativo que llegó poco después de lo previsto, la compensación puede reducirse a la mitad.

Cuándo tienes derecho

  • Retraso: llegada al destino final con 3 horas o más de retraso (cuenta la apertura de puertas, no el aterrizaje).
  • Cancelación: avisada con menos de 14 días de antelación, salvo que te reubicaran en horarios muy similares.
  • Overbooking: si te deniegan el embarque contra tu voluntad.

La aerolínea solo se libra si prueba circunstancias extraordinarias: meteorología adversa, huelgas de controladores aéreos, cierre del espacio aéreo… Las huelgas de su propio personal y la mayoría de averías técnicas no son extraordinarias según el Tribunal de Justicia de la UE.

Cómo reclamar sin pagar comisión

  1. Reclamación por escrito a la aerolínea, por su formulario web o por correo, guardando el justificante. Sirve también como intento de negociación previa (LO 1/2025).
  2. Si no contesta en un mes o la rechaza: puedes acudir a AESA, que tramita gratis un procedimiento de resolución alternativa con las aerolíneas, o ir directamente al juzgado.
  3. Demanda de juicio verbal: si el total no supera 2.000 €, sin abogado ni procurador. Puedes demandar en el lugar de salida o de llegada del vuelo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pagan por un retraso de vuelo?

250, 400 o 600 € por pasajero según la distancia, si llegaste a destino con 3 horas o más de retraso y no hubo circunstancias extraordinarias.

¿Una huelga me quita el derecho a indemnización?

Depende. La huelga de controladores aéreos suele considerarse extraordinaria; la huelga del personal de la propia aerolínea, no, según el TJUE.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un vuelo?

El Reglamento no fija plazo. Los tribunales españoles suelen aplicar el de cinco años del Código Civil, pero reclama cuanto antes.

¿Me pagan también los gastos de comida u hotel?

Durante la espera la aerolínea debe darte comida, bebida y, si hace falta, hotel. Si los pagaste tú, guarda los tiques y reclámalos además de la compensación.

¿Necesito abogado?

No si el total reclamado es de 2.000 € o menos. Una familia de cuatro con un vuelo largo (4 × 600 €) pasaría ese límite: cada pasajero puede reclamar por separado.