Reclamar a Aeroméxico: lo que tienes que saber
Aeroméxico conecta Madrid y Barcelona con Ciudad de México.
Aeroméxico no es una compañía de la UE. El Reglamento (CE) 261/2004 solo cubre sus vuelos que salen de un aeropuerto de la UE, como los de la tabla. Los vuelos de vuelta hacia España operados por Aeroméxico no están cubiertos por el Reglamento europeo.
Cuánto puedes reclamar a Aeroméxico
La compensación depende solo de la distancia del vuelo, no del precio del billete. Estos son ejemplos calculados con la distancia real entre aeropuertos; comprueba la de tu vuelo:
| Ruta de ejemplo | Distancia | Compensación por pasajero |
|---|---|---|
| Madrid-Barajas – Ciudad de México | 9.067 km | 600 € |
| Barcelona-El Prat – Ciudad de México | 9.481 km | 600 € |
Si Aeroméxico te reubicó en otro vuelo que llegó poco después de la hora prevista, la compensación puede reducirse a la mitad. Además, durante la espera debían darte comida, bebida y, si hacía falta, hotel: si lo pagaste tú, reclama también esos gastos con sus tiques.
Cómo reclamar a Aeroméxico paso a paso
- Envía la reclamación a Aeroméxico por el formulario de reclamaciones de su web (sección de ayuda o atención al cliente), adjuntando el texto que genera esta herramienta. Guarda el justificante.
- Si no contesta en un mes o rechaza la reclamación, puedes acudir gratis a AESA o presentar la demanda de juicio verbal.
- Aunque Aeroméxico no sea española, puedes demandarla en España ante el tribunal del lugar de salida o de llegada del vuelo (Tribunal de Justicia de la UE, asunto C-204/08, Rehder).
En la demanda conviene poner la denominación social exacta de la compañía, tal como figura en tu factura o en el aviso legal de su web.
Cuánto te corresponde
El Reglamento (CE) 261/2004 fija una compensación fija por pasajero según la distancia del vuelo:
| Distancia | Compensación |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € |
| Más de 1.500 km dentro de la UE, o entre 1.500 y 3.500 km | 400 € |
| Más de 3.500 km fuera de la UE | 600 € |
Se aplica a vuelos que salen de un aeropuerto de la UE (cualquier aerolínea) y a vuelos que llegan a la UE operados por una aerolínea comunitaria. Si la aerolínea te ofreció un vuelo alternativo que llegó poco después de lo previsto, la compensación puede reducirse a la mitad.
Cuándo tienes derecho
- Retraso: llegada al destino final con 3 horas o más de retraso (cuenta la apertura de puertas, no el aterrizaje).
- Cancelación: avisada con menos de 14 días de antelación, salvo que te reubicaran en horarios muy similares.
- Overbooking: si te deniegan el embarque contra tu voluntad.
La aerolínea solo se libra si prueba circunstancias extraordinarias: meteorología adversa, huelgas de controladores aéreos, cierre del espacio aéreo… Las huelgas de su propio personal y la mayoría de averías técnicas no son extraordinarias según el Tribunal de Justicia de la UE.
Cómo reclamar sin pagar comisión
- Reclamación por escrito a la aerolínea, por su formulario web o por correo, guardando el justificante. Sirve también como intento de negociación previa (LO 1/2025).
- Si no contesta en un mes o la rechaza: puedes acudir a AESA, que tramita gratis un procedimiento de resolución alternativa con las aerolíneas, o ir directamente al juzgado.
- Demanda de juicio verbal: si el total no supera 2.000 €, sin abogado ni procurador. Puedes demandar en el lugar de salida o de llegada del vuelo.