Exp. 0007/2026 · Trabajo

Modelo RS-07Despido objetivo

Papeleta de conciliación por despido objetivo

En el despido por causas objetivas la empresa debe entregarte una carta con la causa, poner a tu disposición 20 días de salario por año trabajado y darte 15 días de preaviso. Si falla algo, puede ser improcedente.

Indemnización mínima
20 días por año, máx. 12 mensualidades
Preaviso
15 días (o pagarlos)
Si es improcedente
33 días por año
Plazo para impugnar
20 días hábiles

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Anexo I · Guía

Requisitos del despido objetivo

  • Una causa del artículo 52 del Estatuto: ineptitud sobrevenida, falta de adaptación a cambios técnicos o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Carta escrita que explique la causa (art. 53 ET).
  • Indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, puesta a tu disposición al mismo tiempo que la carta. Solo puede retrasarse si la causa es económica y lo explica en la carta.
  • Preaviso de 15 días, o pagarte esos días.

Si la empresa no prueba la causa, el despido es improcedente y la indemnización sube a 33 días por año (descontando lo que ya cobraste). Puedes cobrar la indemnización de 20 días y aun así impugnar el despido.

El plazo es lo más importante

Para impugnar un despido tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido (art. 59.3 del Estatuto de los Trabajadores). No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero agosto sí cuenta. Es un plazo de caducidad: si se pasa, ya no hay nada que hacer. Presentar la papeleta de conciliación suspende el plazo hasta que se celebra el acto de conciliación.

Tipos de despido y qué puedes conseguir

  • Improcedente: la empresa no prueba la causa o no cumple los requisitos formales. La empresa elige entre readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado (45 días por los periodos anteriores al 12 de febrero de 2012), con un máximo de 24 mensualidades.
  • Nulo: el despido vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas (embarazo, permisos por nacimiento, reducción de jornada por cuidado de hijos…). La empresa debe readmitirte y pagarte los salarios dejados de percibir.
  • Procedente: la empresa demuestra la causa. En el despido objetivo procedente cobras 20 días por año; en el disciplinario procedente, nada más allá del finiquito.

Qué pasa en la conciliación

El servicio de mediación de tu comunidad (SMAC, CMAC, SEMAC, UMAC…) cita a las dos partes. Muchas empresas ofrecen allí un acuerdo, por ejemplo reconocer la improcedencia y pagar la indemnización. Si no hay acuerdo, tienes los días que te queden de plazo para presentar la demanda ante la sección social del Tribunal de Instancia. No es obligatorio ir con abogado, aunque en un despido es muy recomendable; si estás afiliado, tu sindicato puede asistirte.

No firmes sin leer

Si la empresa te pide firmar la carta de despido o el finiquito, puedes poner «recibido, no conforme» junto a tu firma. Firmar la recepción no significa aceptar el despido.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar la indemnización del despido objetivo y reclamar?

Sí. Cobrar los 20 días por año no te impide impugnar el despido. Si se declara improcedente, la empresa te pagará la diferencia hasta 33 días por año.

¿Qué pasa si no me dieron los 15 días de preaviso?

No hace el despido improcedente por sí solo, pero la empresa debe pagarte el salario de esos días. Reclámalo en la papeleta.

¿Cuántos días tengo para impugnar un despido?

Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos; agosto sí cuenta.

¿Cuánto me corresponde si el despido es improcedente?

33 días de salario por año trabajado, prorrateando los meses, con un máximo de 24 mensualidades. Por el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 se calculan 45 días por año.

¿La papeleta de conciliación detiene el plazo?

Sí. Presentarla suspende el plazo de caducidad, que se reanuda al día siguiente del intento de conciliación o, como máximo, a los 15 días hábiles si no se celebra.

¿Puedo reclamar el despido y el finiquito a la vez?

Sí. En la papeleta puedes impugnar el despido y reclamar las cantidades pendientes, como vacaciones o pagas extra.