Exp. 0007/2026 · Trabajo

Modelo RS-07Me han despedido

Papeleta de conciliación por despido: impugnar un despido en plazo

Si te han despedido, tienes solo 20 días hábiles para impugnarlo. El primer paso es presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad. Si el despido es improcedente, te corresponden 33 días de salario por año trabajado.

Plazo
20 días hábiles desde el despido (caduca)
Indemnización si es improcedente
33 días de salario por año, máx. 24 mensualidades
Primer paso
Papeleta de conciliación (SMAC o equivalente)
¿Abogado?
No es obligatorio en la conciliación ni en el juicio

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Anexo I · Guía

El plazo es lo más importante

Para impugnar un despido tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido (art. 59.3 del Estatuto de los Trabajadores). No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero agosto sí cuenta. Es un plazo de caducidad: si se pasa, ya no hay nada que hacer. Presentar la papeleta de conciliación suspende el plazo hasta que se celebra el acto de conciliación.

Tipos de despido y qué puedes conseguir

  • Improcedente: la empresa no prueba la causa o no cumple los requisitos formales. La empresa elige entre readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado (45 días por los periodos anteriores al 12 de febrero de 2012), con un máximo de 24 mensualidades.
  • Nulo: el despido vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas (embarazo, permisos por nacimiento, reducción de jornada por cuidado de hijos…). La empresa debe readmitirte y pagarte los salarios dejados de percibir.
  • Procedente: la empresa demuestra la causa. En el despido objetivo procedente cobras 20 días por año; en el disciplinario procedente, nada más allá del finiquito.

Qué pasa en la conciliación

El servicio de mediación de tu comunidad (SMAC, CMAC, SEMAC, UMAC…) cita a las dos partes. Muchas empresas ofrecen allí un acuerdo, por ejemplo reconocer la improcedencia y pagar la indemnización. Si no hay acuerdo, tienes los días que te queden de plazo para presentar la demanda ante la sección social del Tribunal de Instancia. No es obligatorio ir con abogado, aunque en un despido es muy recomendable; si estás afiliado, tu sindicato puede asistirte.

No firmes sin leer

Si la empresa te pide firmar la carta de despido o el finiquito, puedes poner «recibido, no conforme» junto a tu firma. Firmar la recepción no significa aceptar el despido.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tengo para impugnar un despido?

Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos; agosto sí cuenta.

¿Cuánto me corresponde si el despido es improcedente?

33 días de salario por año trabajado, prorrateando los meses, con un máximo de 24 mensualidades. Por el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 se calculan 45 días por año.

¿La papeleta de conciliación detiene el plazo?

Sí. Presentarla suspende el plazo de caducidad, que se reanuda al día siguiente del intento de conciliación o, como máximo, a los 15 días hábiles si no se celebra.

¿Puedo reclamar el despido y el finiquito a la vez?

Sí. En la papeleta puedes impugnar el despido y reclamar las cantidades pendientes, como vacaciones o pagas extra.